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Biblioteca

Servicios

 

Sala de Lectura

– Las salas de lectura están habilitadas tanto para los integrantes de la comunidad educativa de la UCALP, como para usuarios particulares, sujeto a las condiciones que se establecen en el Reglamento del Servicio de Biblioteca (Resolución n° 50/09).

– Se permite el ingreso con computadoras portátiles, las que deberán ser registradas mediante la cumplimentación de una planilla de solicitud de ingreso de equipos.

– Podrán consultar simultáneamente hasta 3 volúmenes.

– No está permitido ingresar a las salas de consulta y de lectura con objetos cortantes (tijeras, cuchillos, cortapapeles, etc.), compaces convencionales o de punta, pegamentos, tintas, libros, revistas, diarios, publicaciones periódicas de cualquier tipo, carpetas cerradas, carteras, bolsos, mochilas, portafolios o porta elementos similares. Solamente se puede ingresar a las mismas con material impreso propio, apuntes y con elementos indispensables para el estudio (por ejemplo: papel, lápices, lapiceras, bolígrafos, lupas).

 

Préstamos interbibliotecarios

El Préstamo Interbibliotecario se efectúa con bibliotecas y centros de documentación de otras jurisdicciones con  las que existan convenios de cooperación recíproca.

La Biblioteca gestiona  para sus usuarios, en la medida de lo posible, documentos no disponibles dentro de sus propios fondos bibliográficos. El costo de los servicios recae sobre el usuario y es establecido por la Dirección de la Biblioteca.

 

Referencia

El servicio de referencia es el responsable de proporcionar a los usuarios la información y el acceso a los recursos de información propios y/ o externos con criterios de eficacia, en estrecha colaboración con las bibliotecas temáticas.
El servicio atiende las necesidades de información en sentido amplio, comprendiendo desde la obtención de un dato factual mediante la consulta de fuentes convencionales de referencia, hasta la elaboración de informes bibliográficos sobre un tópico específico.
Además, provee documentos electrónicos variados, cargándolos en dispositivos de almacenamiento provistos por el usuario (CD-ROM, pendrives, etc.) o vía e-mail.

 

Préstamos domiciliarios

El servicio de préstamo a domicilio, que excluye la cesión de manuscritos, incunables, tesis y otras, es personal e intransferible y podrá ser utilizado sólo por los miembros de la comunidad universitaria de la UCALP que se encuentren inscriptos como tales en el Registro de Lectores, cumplimentando la correspondiente Ficha de Lector, la que mantendrá su vigencia mientras se acredite su relación activa con la Universidad.

– La persona que retire el material se hace responsable de restituir el mismo, en buen estado y en término.

– Pueden prestarse hasta tres volúmenes por cada usuario, por un plazo de hasta siete días corridos, pudiendo renovarse el préstamo por igual término, siempre que los mismos no hayan sido reservados por otros usuarios.  La Biblioteca se reserva el derecho de especificar límites inferiores al período de préstamo normal.

– Los préstamos podrán ser renovados siempre que otro lector no haya solicitado la misma obra.

– Reservas: Si un usuario desea retirar una obra que se halla prestada, podrá dejarla pedida llenando la correspondiente solicitud. Una vez devuelta la misma, se la reservará para su retiro por el término de cuatro días corridos.

– Préstamos de fin de semana: Podrán retirarse hasta dos libros por el fin de semana, desde el día viernes hasta la hora de cierre de la Biblioteca, del primer día hábil siguiente.

– Préstamos de vacaciones: Durante el período de receso de la Universidad se podrán prestar las obras por todo el tiempo que dure el mismo, debiendo ser reintegradas el primer día hábil siguiente al de su finalización.

– Los usuarios que se ausenten de la Universidad por un tiempo superior al que tienen autorizado para el préstamo, deberán restituir a la Biblioteca, antes de su ausencia, la totalidad del material que posean en préstamo.

Sanciones: En caso de incumplimiento de los plazos de devolución del material prestado a domicilio, el usuario será sancionado con la suspensión del servicio de préstamo, según los siguientes términos:

a. El primer incumplimiento, dos (2) meses.
b. El segundo incumplimiento, cinco (5) meses.
c. El tercer incumplimiento, once (11) meses.
d. El cuarto incumplimiento, inhabilitación permanente.

– La biblioteca no está obligada a enviar aviso especial de comunicación de vencimiento, por medio del cual reclame la inmediata devolución del material bibliográfico, ya que el prestatario está obligado a reintegrarlo el mismo día del vencimiento del préstamo.

 

Uso de terminales de internet

– Los usuarios podrán tener acceso al servicio de consulta a través de Internet.

– Disponen de una  hora de acceso libre y gratuito para realizar sus búsquedas, debiendo solicitar previamente el correspondiente turno.

– El acceso a Internet está autorizado exclusivamente para obtener información a ser utilizada como apoyo a las distintas asignaturas de la carrera que se está cursando, en el caso de los alumnos, o bien como apoyo para el dictado de sus clases, para los docentes.

– Los usuarios de Internet tendrán en cuenta las siguientes normas:
a. Está prohibido su uso con fines personales.
b. No está permitido ejecutar juegos.
c. No se deben desplegar imágenes o sonidos que puedan atentar contra el pudor, molestar a otros usuarios o crear un ambiente impropio.
d. No se deben alterar datos, programas o directorios de la terminal que se utilice.
e. No se podrán instalar programas propios.
f. No está permitido el uso de “chat” ni “e-mail”. Este último únicamente se admitirá para fines académicos.
g. La información obtenida podrá grabarse en soporte digital de propiedad del usuario.

En toda el área del edificio de Biblioteca Central hay conectividad WI-FI libre, debiendo solicitarse en el mostrador de préstamos la clave habilitante.

 

Formación de usuarios

– La Biblioteca, además de facilitar a los usuarios el uso de la misma mediante folletos explicativos de uso de catálogos, fondos bibliográficos y obras de referencias, organiza habitualmente charlas y cursillos sobre conocimientos básicos, teóricos de estudio y de manejo de bibliografía.

– Las cátedras interesadas en la realización de cursillos referidos al uso de fuentes de información jurídica, como el adiestramiento en el manejo de los repertorios jurídicos de documentos legales y/o jurisprudenciales, deben solicitarlo por escrito con una antelación no menor de quince (15) días, conviniendo personalmente los alcances y características de mismo. (Servicio brindado por la Biblioteca Central)

– Los usuarios que en forma individual desean recibir adiestramiento en el manejo de fuentes de información, sean en soporte tradicional o electrónico, deben consultar al personal acerca de las diversas opciones que la biblioteca a la que concurre ofrece.