Rechazo a la designación de la Dra. Marisa Graham como Defensora de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes
Rechazo a la designación de la Dra. Marisa Graham como Defensora de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes
Rechazo a la designación de la Dra. Marisa Graham como Defensora de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes

Los firmantes, en nuestro carácter de Decanos de las Facultades de Derecho abajo mencionadas, hacemos público nuestro rechazo a la designación de la Dra. Marisa Graham como Defensora de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Su pública y manifiesta militancia en favor de la legalización del aborto resulta discriminatoria respecto de un número indeterminado de personas que quedarían desprotegidas, desamparadas y privadas de la defensa de sus más elementales derechos, en clara violación de la Constitución Nacional (entre otros, Arts. 75, inc. 22 y 23 de la Constitución Nacional, Convención Americana sobre Derechos Humanos, arts. 3 y 4 y Convención sobre los Derechos del Niño – texto aprobado por ley 23.849 -, arts. 1 y 6, inc., 1 y 2), y del art. 19 del Código Civil y Comercial.

Los mismos reconocen que la vida de las personas comienza con la concepción y que desde ese momento ya se es niño y hasta los 18 años; que todos los niños tienen derecho intrínseco a la vida desde la concepción y que su supervivencia y desarrollo sea garantizado desde ese momento, en la máxima medida posible, por el Estado y sin discriminación alguna.

Las argumentaciones invocadas por la Dra. Graham en cuanto a que su posición sobre la legalización del aborto no influirá en el ejercicio de su cargo resultan insostenibles, en tanto no se entiende como defenderá el derecho a la vida de los niños por nacer, que son personas conforme a normas de máxima jerarquía en nuestro ordenamiento jurídico.

Y las que se invocan pretendiendo que los niños por nacer no son personas para nuestro ordenamiento, además de falaces, resultan inadmisibles desde la primera regla de interpretación jurídica que es la literal.

Si se pretende otra cosa debe reformarse la Constitución Nacional, denunciar al menos dos tratados sobre derechos humanos, modificar el Código Civil y Comercial y los arts. 1, 2 y 3 de la Ley 26.061.

Mientras tanto la designación de la Dra. Marisa Graham resulta manifiestamente violatoria del orden jurídico federal.

Firman:

Pablo Maria Garat

Facultad de Derecho. Buenos Aires

Martín Acevedo Miño

Facultad “Teresa de Ávila”. Paraná.

Luis Maria Caterina

Facultad de Derecho. Rosario

UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA

Miguel Gonzáles Andia

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA PLATA

Ricardo von Büren

Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales

UNIVERSIDAD DEL NORTE SANTO TOMAS DE AQUINO

Livia Mercedes Uriol

Facultad de Ciencias Jurídicas

UNIVERSIDAD DEL SALVADOR

María Paula Giaccaglia

Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

UNIVERSIDAD FASTA